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Los titulares de servicios personales deben presentar la declaración jurada anual Fonasa 2024. El plazo máximo para realizarlo sin multa se determina según el último dígito del número de empresa.
De esta manera, el plazo para las empresas cuyo último dígito es 0, 1 y 2 vence el 23 de abril, para los dígitos 3, 4 y 5 vence el 30 de abril y para los dígitos 6, 7, 8 y 9 vence el 7 de mayo.
Están comprendidos en esta obligación quienes prestaron servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el 2024: profesionales (afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios), escribanos (pertenecientes a la Caja Notarial de Seguridad Social) y no profesionales (afiliados al Banco de Previsión Social).
En el sitio web destinado a servicios personales encontrará la información necesaria, así como el acceso a la declaración, videos tutoriales para realizarla y canales de consulta.
La presentación se realiza en línea a través de Servicios Personales: declaración jurada anual Fonasa. Para eso, deben contar con Usuario personal BPS y tener domicilio electrónico constituido ante BPS.
Por asesoramiento, están disponibles las siguientes vías de consulta:
Más información: Comunicado 3/2025.
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