Domicilio electrónico para notificaciones a empresas
Se recuerda a las empresas la importancia de constituir domicilio electrónico ante el BPS y adherirse al sistema de notificaciones del organismo; una gestión sencilla que se realiza a través de nuestros servicios en línea.
A través del servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente, las empresas unipersonales, sociedades de hecho, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas pueden adherirse de forma sencilla al sistema para recibir las notificaciones de ATYR.
Están habilitados a constituir domicilio electrónico los:
- Titulares de unipersonales y socios de sociedades de hecho.
- Representantes estatutarios o contractuales sin limitaciones para su actuación, así como los representantes legales de SAS.
- Apoderados sin limitaciones en su actuación y con facultad para constituir domicilio electrónico o con todas las facultades.
Para ello, deben contar con Usuario personal BPS y Usuario Gub.uy. Este último puede ser gestionado desde el mismo servicio en línea.
Por otra parte, mediante el servicio Realizar altas, bajas y consultas de lectores de notificaciones electrónicas del contribuyente, las empresas pueden designar a otras personas para que se notifiquen en su nombre.
Por más información: Comunicado R 8/2022