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El BPS informa que a partir de ahora se incorpora un nuevo código QR en las facturas de los contribuyentes que permite abonarlas sin necesidad de completar otros datos.
Este código solo figura en las facturas que pueden ser pagadas a través del servicio en línea Pagar facturas por número de referencia, al que se accede con el Usuario Personal BPS. Quedan excluidas las facturas con importe 0 y las que son enviadas por correo postal.
También, a través del Usuario Personal, se pueden emitir y descargar en línea las facturas correspondientes a deudas derivadas de una fiscalización (determinaciones tributarias).
En relación a los empleadores de trabajo doméstico y las empresas sin dependientes se recuerda que los aportes mensuales pueden ser abonados en las redes de cobranza externa con la factura impresa, la referencia de cobro o el número de empresa. Es posible también abonar las obligaciones mediante débito bancario de Itaú o Scotiabank, o por internet, a través del servicio Pagar facturas por número de referencia, al que se puede acceder sin necesidad de estar registrado.
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