Novedades en la emisión y pago de facturas de los contribuyentes del BPS
El BPS informa que a partir de ahora se incorpora un nuevo código QR en las facturas de los contribuyentes que permite abonarlas sin necesidad de completar otros datos.
![](https://www.bps.gub.uy/bps/file/19561/1/previewnovempre4.jpg)
Este código solo figura en las facturas que pueden ser pagadas a través del servicio en línea Pagar facturas por número de referencia, al que se accede con el Usuario Personal BPS. Quedan excluidas las facturas con importe 0 y las que son enviadas por correo postal.
También, a través del Usuario Personal, se pueden emitir y descargar en línea las facturas correspondientes a deudas derivadas de una fiscalización (determinaciones tributarias).
En relación a los empleadores de trabajo doméstico y las empresas sin dependientes se recuerda que los aportes mensuales pueden ser abonados en las redes de cobranza externa con la factura impresa, la referencia de cobro o el número de empresa. Es posible también abonar las obligaciones mediante débito bancario de Itaú o Scotiabank, o por internet, a través del servicio Pagar facturas por número de referencia, al que se puede acceder sin necesidad de estar registrado.