Registro de pensiones alimenticias para menores y mayores con discapacidad
Desde la puesta en producción del Registro Nacional de Obligados Alimentarios (RENOA) en el año 2018, hasta la fecha, continúa incrementándose la cantidad de oficios de pensiones alimenticias incluidas, los que alcanzan los casi 237.120 recibos de prestaciones.
El RENOA es el registro nacional de las personas obligadas al pago de pensiones alimenticias decretadas judicialmente en favor de niños, niñas y adolescentes y mayores con discapacidad. Este registro facilita, agiliza y da continuidad al cumplimiento de las obligaciones a las pensiones alimenticias.
Para iniciar un trámite de pensión alimenticia, la persona a cargo de los beneficiarios deberá dirigirse al juzgado con su abogado y solicitar la pensión. El juez determinará quién es el obligado alimentario, es decir la persona a quien se le realiza la retención y a quién corresponde su administración, con la responsabilidad de cobrar y administrarla. La resolución del juez será comunicada al BPS para su ingreso automático al RENOA.
La persona administradora no tiene que hacer ningún trámite en el BPS o en las empresas en las que trabaje el obligado, para cobrar la pensión alimenticia. Si el obligado cambia de trabajo no es necesario iniciar un nuevo trámite, el BPS notifica a la nueva empresa en forma automática y comunica los cambios al Poder Judicial.
Todas las modificaciones, altas y ceses de pensiones alimenticias deben ser también solicitadas en el juzgado. Además, en caso de que la empresa, en la cual el obligado alimentario trabaja no abone la pensión alimenticia, el administrador por medio de su abogado podrá realizar la solicitud a través de la Sede Judicial para que el BPS provea los datos de la empresa notificada.
El RENOA beneficia a niñas, niños, adolescentes, jóvenes hasta 21 años y personas mayores de edad con discapacidad. Para cesar una retención judicial, una vez el beneficiario ya no cumpla con las condiciones, se debe presentar un oficio en BPS tramitado a través de un abogado en el juzgado correspondiente.
El BPS, a través de sus servicios en línea, permite a los administradores de una retención judicial saber si su oficio está ingresado en el RENOA, consultar información sobre oficios registrados, expediente judicial, juzgado y beneficiarios. Si surge el aviso de que no existe empresa a la cual notificar es porque el obligado alimentario no registra una actividad amparada por el BPS.
Podrán acceder a este servicio quienes cuenten con Usuario personal BPS.
Alcance y evolución
En el año 2018, el número de retenciones era de 17.170, el que se duplicó en 2019 alcanzando las 36.929 retenciones. En el año 2020 se contabilizaron 68.591. En el 2021 se ejecutaron un total de 84.647 retenciones económicas por la aplicación de esta ley. En lo que va del 2022 BPS ha aplicado retención en 24.720 recibos.
Es importante el incremento en la cantidad de retenciones aplicadas en forma mensual durante el período de emergencia sanitaria, cuando el crecimiento de los subsidios (por desempleo o por enfermedad) que abonó el BPS fue exponencial. El total de obligados registrados en 2018 eran 10.363, al día de hoy esta cifra asciende a 42.917 personas.
Más información sobre el RENOA.