Buscar un trámite
Ingresar a servicios en línea
Lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h
Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h
Los familiares de un beneficiario de Pensión Especial Reparatoria fallecido o ausente, según lo establecido en la Ley n.º 18.033, podrán tramitar esta Pensión por sobrevivencia ante BPS.
A familiares de un beneficiario de Pensión Especial Reparatoria fallecido o ausente.
Toda documentación extranjera deberá estar legalizada o apostillada y traducida al castellano (de corresponder). De tratarse de partidas (defunción, matrimonio, etc.) deberán estar inscriptas en la Dirección General del Registro del Estado Civil uruguayo (DGREC). Podrá solicitar la prestación presentando la constancia de haber iniciado este trámite y, una vez concluida la gestión, debe presentar la inscripción en la DGREC, para mantenerla. En estos casos no aplica la vigencia de 30 días.
Messenger
0800 1997
*1997 desde celular
De lunes a viernes de 8 a 18 h
Por favor, califique el contenido.