Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Constituir domicilio electrónico del contribuyente y adherir al sistema de notificaciones electrónicas

Los contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas de todas las aportaciones, deben constituir domicilio electrónico ante BPS y adherirse al sistema de notificaciones ante BPS para efectuar todo tipo de gestiones ante el organismo.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes

Requisitos

Todos los integrantes deben contar con Usuario personal BPS y una dirección de correo electrónico establecida como contacto del contribuyente.  

En el mismo servicio se puede, además, generar un usuario gub.uy, que será necesario para recibir las notificaciones del organismo.

A tener en cuenta: 

  • Si se trata de una sociedad de hecho con aportación construcción, todos los integrantes deben aprobar la constitución del domicilio electrónico. 
  • Cuando se trata de empresas unipersonales o sociedades de hecho, quedan habilitados para constituir domicilio electrónico los titulares, así como los representantes y apoderados de estas empresas que cuentan con todas las facultades y no tienen restricciones en la forma de actuación.
  • En las sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, pueden constituirlo tanto los representantes por contrato social o estatutarios como los apoderados, si cuentan con todas las facultades y no tienen restricciones para actuar.
  • En las sociedades por acciones simplificadas (SAS), deben constituir domicilio electrónico los representantes legales y sus representantes sin restricciones.
  • En todos los casos, quien realice la gestión deberá contar con usuario personal BPS y usuario gub.uy.
  • Quienes ya cuentan con usuario gub.uy deben asociar la firma electrónica avanzada para tener el nivel de garantía de identidad requerido.

Consultas

Las consultas sobre este tema se canalizan a través del servicio Consúltenos, en el que se debe seleccionar el tema Empresarios y el motivo Domicilio electrónico y lectores de notificaciones.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



¿Cuán útil le resultó esta información?