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Declaración jurada por mínimo no imponible IASS

Los beneficiarios que perciban más de una pasividad de distintos organismos en simultáneo, cuya suma supere el mínimo no imponible mensualizado (9 BPC), tienen la posibilidad de desistir de la aplicación de este mínimo presentado el Formulario 3800. La situación solo se podrá cambiar con una nueva presentación del Formulario 3800.

A quién corresponde

Beneficiarios que perciban más de una pasividad de distintos organismos en simultáneo.

Requisitos

Deberá contar con Usuario personal BPS.

Consultas

El asesoramiento y trámite de exoneración de impuestos por doble imposición se realiza ante DGI, en la División Atención y Asistencia, a través del correo: dacontri@dgi.gub.uy o personalmente, en Montevideo, en el primer piso del Edificio Central.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio en línea Ingresar Formulario 3800: Mínimo no imponible – IASS, accediendo con su usuario registrado.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



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