Afiliación de cobro por giro al exterior
A través de este trámite los pasivos de BPS podrán asesorarse, modificar la cuenta afiliada, o solicitar el giro del cobro de sus haberes en una cuenta bancaria en el exterior del país.
A quién corresponde
Personas que residan en el exterior del país y que perciban prestaciones de BPS, rentas permanentes del BSE, AFAP o ADT (Accidentes de Trabajo).
Restricciones del derecho: quienes perciban pensión a la vejez, pensión invalidez o prestaciones de activos no podrán solicitar el giro.
Requisitos
Para solicitar el cobro por la modalidad de giro al exterior, deberán enviar:
- Nota firmada por el titular de la prestación solicitando el giro, que incluya:
- Dirección de correo electrónico (no excluyente).
- Domicilio detallado del titular en el exterior, especificando:
- Calle, número de puerta, piso y apartamento.
- Zona, área o barrio.
- Ciudad, país y código postal.
- Cédula de identidad o documento del exterior con el que esté registrado ante BPS (pasaporte, DNI, etc.) y fotocopia.
- Comprobante de la cuenta bancaria a nombre del titular de la prestación que contenga:
- Código IBAN (código internacional bancario).
- Código SWIFT o BIC (código del banco pagador).
- Residentes de Argentina: el giro es gestionado por la sucursal del BROU en dicho país por lo que no deberán adjuntar dicho código.
- Fe de vida (certificado de existencia) emitida por el consulado uruguayo o por la autoridad oficial del país de residencia.
Consultas
A través del servicio en línea Gestionar mis cobros por giros al exterior, ingresando con su Usuario personal BPS.
Modalidad y lugar donde se realiza el trámite
En línea
A través del servicio en línea Gestionar mis cobros por giros al exterior, ingresando con su Usuario personal BPS. Disponible tanto para usuarios del exterior del país como para quienes se encuentren en Uruguay.
Las consultas también podrán ser gestionadas a través de este servicio en línea.
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