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Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h
Se presenta la petición a efectos de solicitar la acreditación de aportes por diferencias que surgen a partir de una rectificativa que modifica el código de seguro de salud.
Empresas contribuyentes
Se presta una nota que contenga las formalidades de una petición, en donde debe establecer el o los períodos por los cuales se solicita el crédito. Se debe tener presente que sólo se otorgan créditos generados en los últimos cuatro años desde la fecha de solicitud (artículo 77 del Código Tributario).
Si la rectificativa fue validada por web, deberá adjuntar copia de esta.
En caso de que la rectificativa no haya sido validada (por haberse generado algún error) deberá adjuntar, además:
De considerarlo pertinente, se anexará la documentación relativa al planteamiento realizado.
A tener en cuenta:
Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Rectificativa de códigos de Seguro de Salud. Disponible para titulares de empresas unipersonales, socios de sociedades de hecho, representantes con facultades suficientes y terceros habilitados por delegación de permisos. Es necesario contar con usuario personal para acceder a los servicios en línea, tanto el titular como el representante y usuarios.
Nota: esta modalidad de trámite puede requerir la presentación de la documentación original o de cualquier otra solicitada, a instancias de BPS.
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