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Subsidio para cuidados del recién nacido

Es una prestación económica sustitutiva del salario que se otorga a partir de la finalización de la licencia maternal y se extiende hasta los seis meses de vida del niño. Se podrá utilizar en forma indistinta, pero no superpuesta, entre padre y madre. Trabajadores extranjeros que no posean cédula de identidad uruguaya no podrán realizar el trámite hasta tanto no obtengan el referido documento, con excepción de quienes posean documento especial fronterizo.

A quien corresponde

Las madres que hayan sido beneficiarias del subsidio por maternidad de BPS, los padres o ambos, en caso de que decidan alternar el uso del medio horario laboral.

El padre genera derecho siempre y cuando la madre del recién nacido haya hecho uso del subsidio por maternidad y se encuentre en actividad o amparada a subsidio por enfermedad.

La persona deberá permanecer en el país durante el período del subsidio.

Requisitos

En línea

Los titulares beneficiarios podrán iniciar el trámite a través del servicio en línea Subsidio para cuidados del recién nacido (Medio horario) que requiere contar con el Usuario personal BPS.

Presencial

Para realizar el trámite en BPS, quien realiza la opción, deberá presentarse con:

  • Cédula de identidad vigente
  • Nota de la empresa o las empresas con la siguiente información:
    • Datos de la empresa (nombre y número de empresa BPS)
    • Datos del trabajador
    • Período en que cumplirá el medio horario
    • Horario habitual de trabajo
    • Horario que cumplirá durante el subsidio
    • Periodo de licencia anual gozada y/o a gozar, generado en el ejercicio anterior
    • De existir convenio de pago durante el período de medio horario deberá informar en qué consiste y qué rubros cubre.

Las notas deben presentarse en hojas membretadas con sello, firma y CI de la persona responsable de la empresa para la realización de estos trámites. Los dependientes de empresas de servicio doméstico, asistentes personales y titulares de unipersonales con hasta un dependiente o monotributos, podrán presentar una nota simple, con la firma y el número de cédula de identidad del responsable, y fotocopia de su cédula de identidad.

En el caso de que la complejidad médica del niño sea detectada durante el amparo al subsidio para cuidados, deberá presentar además de la nota de la empresa, el formulario de la Ley n.º 20.000 completado por el médico. Se deberá seleccionar la causal «Caso de complejidad», indicando diagnóstico, sin completar los campos «Extensión Licencia Hasta» de licencia maternal o paternal. De lo contrario puede presentar certificado médico con las indicaciones correspondientes. Tanto el formulario como el certificado médico llevan timbre profesional de $ 150,00 (las recetas expedidas por ASSE u Hospital de Clínicas no requieren timbre profesional).

Para solicitar la extensión del período por Ley n.º 20.000, además se deberá hacer referencia en la nota de la empresa a que el amparo es por dicha ley. En este caso, la gestión puede realizarse de forma presencial o a través del Consúltenos, seleccionando Tema: Trabajadores, Motivo: Reclamos de Maternidad, Paternidad y medio horario.

En caso de que ambos padres sean beneficiarios de este subsidio y alguno de ellos tenga actividad civil, quien solicita el subsidio en BPS deberá presentar una constancia del organismo donde trabaja el funcionario público, que indique si este usufructuó o hará uso del Subsidio para cuidados por ese organismo y el período de amparo.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

Primero, el trabajador inicia el trámite través del servicio Solicitar subsidio para cuidados del recién nacido - Medio horario.

Luego, la empresa deberá confirmar la solicitud a través del servicio en línea Ingresar Reportes por Medio Horario.  

Presencial

Montevideo: deberá reservar día y hora a través del servicio Agenda web.

Interior del país: en unidades descentralizadas de BPS según corresponda. Consulte la disponibilidad del servicio Agenda web en su localidad.

Consultas

Los trabajadores pueden realizar preguntas, con su usuario personal, a través del servicio en línea Consúltenos seleccionando Tema: Trabajadores, Motivo: Consultas de Maternidad, Paternidad y medio horario.

Las consultas de empresas deberán canalizarse a través del Consúltenos, seleccionando Tema: Empresarios, Motivo: Maternidad/Patern/Subsidio parental para cuidados.

En Montevideo, podrá concurrir a realizar consultas de forma presencial a los locales de Aparicio Saravia, Casavalle y Tres Cruces.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 1997

    *1997 desde celular

    De lunes a viernes de 8 a 18 h



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