Pensión por vejez
Es una prestación no contributiva que se abona mensualmente a personas mayores de 70 años con carencia de recursos o mayores de 65 años que acrediten un mínimo de 7 años de dedicación al cuidado directo y no remunerado de hijos, padres, nietos o hermanos. En ambos casos se otorga siempre que no configuren causal jubilatoria en BPS ni en ningún otro organismo previsional.
A quién corresponde
Habitantes del país con al menos 10 años de residencia en el país en los últimos 20 años, que carezca de recursos para hacer frente a sus necesidades vitales. Podrán tener derecho a esta pensión, uruguayos que residan en Argentina o Brasil a no más de 5 km de la frontera.
Quienes antes de cumplir 70 años de edad hayan estado amparados al Programa Asistencia a la Vejez gestionado por el Ministerio de Desarrollo Social y mantengan las condiciones que le permitieron acceder a ese beneficio, al cumplir 70 años accederán en forma automática a la prestación Pensión vejez.
Personas mayores de 65 años que acrediten un mínimo de 7 años de dedicación al cuidado directo y no remunerado de hijos, padres, nietos o hermanos.
Requisitos
- Cédula de identidad vigente y en buen estado.
- Pasaporte y documento extranjero, de contar con ellos.
- Declaración jurada de residencia.
- Declaración de períodos trabajados por el solicitante. Podrá consultar los períodos registrados en BPS, ingresando con su usuario personal, a través del servicio en línea Consultar vida laboral.
- Formulario de gastos médicos completo por el médico tratante del titular y los familiares obligados convivientes si los hubiese.
- Cuando es realizada por mayores de 65 años que hayan dedicado un mínimo de 7 años de dedicación al cuidado directo y no remunerado de padres, nietos o hermanos, se debe presentar, además, nómina de testigos.
Documentación a presentar por ingresos adicionales
Si el solicitante o sus familiares obligados perciben otros ingresos se debe presentar, según el caso:
- Actividad patronal, profesional o notarial: certificado contable.
- Actividad militar: recibos de los últimos 12 meses.
- Ingresos por rentas: certificado notarial o contable.
- Prestaciones por Caja Militar: último recibo.
A tener en cuenta:
Todos los vínculos con los familiares obligados deben estar registrados ante BPS. Puede verificarlos accediendo con su usuario personal BPS a Mi información. En caso de detectar que falta algún registro debe realizar el trámite según se detalla en Ingreso y modificación de vínculos familiares.
Consultas
Montevideo: Si cuenta con Usuario personal BPS, puede enviar su consulta ingresando al servicio en línea Consúltenos, tema: trabajadores, motivo: Consultas sobre jubilaciones y pensiones. Si aún no inició su trámite, también podrá concurrir a realizar consultas de forma presencial y sin agenda previa a los locales de Aparicio Saravia, Casavalle y Tres Cruces; también en el Edificio Nuevo, planta baja, Colonia 1921, Solicitud de Pensiones por Vejez e Invalidez.
Interior del país: Desde el interior del país pueden enviar un correo electrónico de acuerdo al listado. Si aún no inició su trámite, también podrá concurrir a realizar consultas de forma presencial y sin agenda previa a sucursales de todo el país.
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