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Se presenta la petición solicitando regularizar mediante un plan de pagos la situación tributaria de un período determinado.
Empresas contribuyentes.
Se debe presentar una nota con las formalidades de una petición, en la que se establezca una propuesta de plan de pago que detalle:
Asimismo, es necesario indicar si la regularización de otras obligaciones no incluidas en el plan de pagos se realizará mediante la firma de convenios.
Los contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas de todas las aportaciones deben constituir domicilio electrónico ante BPS y adherirse al sistema de notificaciones ante BPS para efectuar todo tipo de gestiones ante el organismo.
Se debieron presentar las nóminas, rectificativas y declaraciones juradas de no pago por el período a regularizar. Si no corresponde la presentación de nóminas por estar pendiente la clausura o inactividad de la empresa, se debe realizar el trámite antes de ingresar la solicitud.
Las sociedades anónimas que no han ocupado personal ni abonado remuneraciones a sus directores deben justificar el período mediante la presentación de un certificado contable o notarial.
Si la empresa adeuda timbres profesionales o reintegros mutuales, deben ser abonados al contado.
Se recomienda solicitar asesoramiento antes de iniciar la solicitud a través del servicio en línea Consúltenos, tema Empresarios, seleccionando el motivo que corresponda según el domicilio constituido de la empresa:
Documentación que se debe adjuntar y quienes deben firmar la nota de acuerdo al tipo de empresa y la forma de representación:
Unipersonales: si la gestión la realiza el titular no es necesario que firme la nota ni adjunte la copia de su documento de identidad.
Usuarios con permisos delegados: la nota debe estar firmada por los titulares o representantes de la empresa y se debe adjuntar copia del documento de identidad de los firmantes.
Usuario con representación conjunta: las firmas de la nota deben corresponder a todos los representantes y se acompañará de copia de sus documentos de identidad, con excepción del usuario que realiza la gestión.
A tener en cuenta: las copias de los documentos de identidad deben lucir ambas caras (anverso y reverso).
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionando la gestión Peticiones amparadas al art. 30 de la Constitución. El trámite se realiza íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial. Es necesario contar con usuario personal para acceder a los servicios en línea, tanto el titular como el representante y usuarios.
Nota: esta modalidad de trámite podrá requerir la presentación de la documentación original o de cualquier otra solicitada, a instancias de BPS.
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