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Planteamiento sobre convenios

Se presenta una petición a efectos de solicitar la rehabilitación de determinado convenio de facilidades de pago que requiere una autorización especial.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Requisitos

Presentar nota con las formalidades de una petición, adjuntando para el caso de convenios al amparo del Código Tributario (Ley 14.306 de 29/11/1974), la siguiente documentación:

1. era rehabilitación: presentar formulario Estado de responsabilidad patrimonial.

2. da rehabilitación: abonar las cuotas atrasadas y presentar garantía real con tasación de valor de remate del bien ofrecido y certificado notarial que acredite propiedad del bien y libre de embargo.


Importante: desde el 23 de marzo y hasta el 21 de julio de 2025, quienes firmen peticiones, recursos o descargos deberán acreditar haber votado en la elección nacional celebrada el 27 de octubre de 2024, así como en la segunda instancia de elección (balotaje), del 24 de noviembre de 2024.  Por este motivo deberán adjuntar al escrito las constancias de voto respectivas.

En caso de no haber votado, deberán presentar o enviar las constancias de justificación expedidas por la Corte Electoral o los comprobantes de pago de las multas correspondientes. Los firmantes que no cumplan lo anterior tendrán 30 días corridos para salvar la omisión. Transcurrido ese plazo, los escritos se tendrán por no presentados. Este control se ampara en lo establecido por la ley 16.017.


Los contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas de todas las aportaciones deben constituir domicilio electrónico ante BPS y adherirse al sistema de notificaciones ante BPS para efectuar todo tipo de gestiones ante el organismo.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar la gestión Peticiones amparadas al art. 30 de la Constitución, disponible para titulares de empresas unipersonales, socios de sociedades de hecho, representantes con facultades suficientes y terceros habilitados por delegación de permisos. Es necesario contar con usuario personal para acceder a los servicios en línea, tanto el titular como el representante y usuarios.

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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