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Se presenta una petición solicitando la exoneración tributaria de aportes de seguridad social, al amparo de la normativa vigente, atendiendo a la actividad desarrollada por el contribuyente como hogar de ancianos sin fines de lucro.
Empresas contribuyentes
Artículo 507 de la ley 20.075 de 20/10/2022.
Nota: según la normativa vigente las organizaciones deben inscribirse en el Registro Nacional de Instituciones sin fines de lucro de BPS.
En caso de considerarlo pertinente podrá anexar la documentación relativa al planteamiento realizado.
Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar el trámite Exoneraciones tributarias.
Este servicio se encuentra disponible para titulares de empresas unipersonales, socios de sociedades de hecho, representantes con facultades suficientes y terceros habilitados por delegación de permisos. Para acceder a los servicios en línea, tanto el titular como el representante y los usuarios deben contar con usuario personal BPS.
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