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Consulta no vinculante

Se presenta una petición realizando una consulta general referida a la administración tributaria, sin que reúna los elementos de la consulta vinculante.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Requisitos

Presentar nota con las formalidades de una petición anexando, en caso de considerarlo pertinente, documentación relativa al planteamiento realizado.

Los contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas de todas las aportaciones deben constituir domicilio electrónico ante BPS y adherirse al sistema de notificaciones ante BPS para efectuar todo tipo de gestiones ante el organismo.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, seleccionar la gestión Peticiones amparadas al art. 30 de la Constitución, disponible para titulares de empresas unipersonales, socios de sociedades de hecho, representantes con facultades suficientes y terceros habilitados por delegación de permisos. Es necesario contar con usuario personal para acceder a los servicios en línea, tanto el titular como el representante y usuarios.

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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