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Certificados comunes

El certificado común se expide a los contribuyentes activos de BPS, personas físicas o jurídicas, que se encuentran en situación regular de pago. La solicitud se realiza mediante el servicio Solicitar y descargar certificados comunes o especiales, el que permite, además, adherir a la renovación automática.

El certificado común es exigible y habilita a:

  • Realizar cobros a cualquier título en organismos estatales, con excepción de los correspondientes a salarios, sueldos, dietas, jubilaciones, pensiones y demás asignaciones similares y complementarias.
  • Tramitar permisos de importación.
  • Percibir beneficios por exportaciones.
  • Distribuir utilidades y presentar balances para su autorización.
  • Reformar estatutos o contratos sociales.
  • Otorgar promesas de enajenación de bienes inmuebles en régimen de propiedad horizontal proyectados o en construcción.
  • Ceder cuotas sociales de sociedades de responsabilidad limitada y las correspondientes a los socios comanditarios en las sociedades en comandita.
  • Enajenar y gravar vehículos automotores (excepto las prendas de automotores cuando se efectúen con el objeto de garantizar el pago de su precio o saldo de su precio por la empresa que lo adquiera).
  • Obtener créditos en las instituciones públicas o privadas del sistema financiero nacional.

 

icono pdf Art 663 Ley 16.170 (.pdf 201 KB)