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8/11/2012
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Canasta de fin de año para 150 mil jubilados y pensionistas de menores recursos en el comercio del barrio

Con el objetivo de seguir mejorando la calidad de vida de los adultos mayores, y a la vez implementar medidas de apoyo a la pequeña empresa de nuestro país, el Gobierno Nacional dispuso, al igual que en años anteriores, que el BPS entregue una Canasta de Fin de Año a los jubilados y pensionistas de menores recursos; aproximadamente unos 150 mil en todo el país.

¿Qué jubilados y pensionistas tienen derecho?

Aquellos que perciban pasividades de menos de 3 BPC ($ 7.251) y que vivan en hogares con ingresos promedio inferiores a dicho monto (y en el caso de pensionistas, que sean mayores de 65 años).

En general, se trata del mismo colectivo que recibió la Canasta en años anteriores desde 2008 (salvo quienes hayan mejorado su situación económica) más aquellos que desde este año empezaron a cobrar estas prestaciones y cumplen las condiciones.

En particular se detallan como beneficiarios:

  • JUBILADOS que tuvieron derecho a aumentos adicionales otorgados desde el 2005 y que el monto de su pasividad es inferior al valor de 3 BPC ($ 7.251) e integran hogares con ingresos promedios no superiores a ese valor.
  • JUBILADOS con derecho al ajuste mínimo de pasividad de 2,25 BPC a julio 2012.
  • PENSIONISTAS A LA VEJEZ
  • PENSIONISTAS POR INVALIDEZ MAYORES DE 65 AÑOS
  • PENSIONISTAS POR SOBREVIVENCIA, MAYORES DE 65 AÑOS que tuvieron derecho a aumentos adicionales otorgados desde el 2006, que el monto de su pasividad es inferior al valor de 3 BPC ($ 7.251) y que integren hogares con ingresos promedios no superiores a ese valor.
  • BENEFICIARIOS DE ASISTENCIA A LA VEJEZ (MIDES)
¿Cómo se enteran los beneficiarios que tienen derecho a la canasta?

Cada beneficiario tendrá un aviso especial en su recibo de pasividad.

En la primera quincena de diciembre (al cobrar noviembre), estos beneficiarios recibirán, además del tradicional recibo de su pasividad, un segundo recibo o cupón de similares características, donde se especifica que es beneficiario de una canasta de fin de año por un valor de 900 pesos.

Quienes cobren su pasividad en Bancos y tengan derecho a la Canasta, recibirán el mensaje en su recibo de cobro habitual. En esta ocasión los jubilados y pensionistas deberán concurrir en Montevideo, al Edificio Sede del BPS y en Interior, a Sucursales y Agencias más cercanas. Allí presentando el recibo y su cédula de identidad, recibirán el cupón correspondiente para comprar luego en el comercio adherido de su elección.

¿Dónde pueden informarse?

En las oficinas del BPS de todo el país y en la página web del BPS: www.bps.gub.uy

También se contará con el apoyo de la ONAJPU (Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas del Uruguay) en la instrumentación, a través de sus Asociaciones en todo el país, fundamentalmente en materia de difusión y asesoramiento.

¿En qué comercios del barrio o del pueblo pueden comprar?

Nuevamente este año la instrumentación se realizará a través de comercios de la Cámara de la Alimentación (fábricas de pastas, carnicerías, quioscos, panaderías, confiterías, etc.), CAMBADU (almacenes), CEDU (Centros Comerciales del Interior del País), Asociación de Farmacias del Interior y Centro de Farmacias del Uruguay. Estas asociaciones empresariales proporcionarán las listas de comercios que integrarán el sistema y se adhieran a esta campaña en general (tanto socios como no socios de las mismas). Dicha lista será publicada y difundida a través de diversos medios. Cada comercio tendrá en su entrada, un afiche que indique su adhesión.

¿Qué debe presentar y firmar el jubilado/pensionista en el comercio?

El beneficiario de la canasta o el apoderado habilitado de la pasividad, deberá presentar en los comercios adheridos los dos recibos (el de su pasividad y el del cupón por $ 900) además de la cédula de identidad y tendrá derecho a realizar una compra por un valor de 900 pesos. El comerciante retendrá todo el documento del bono por $ 900, el cual deberá ser firmado por el jubilado o pensionista o el apoderado/a en su caso, y el vendedor. Posteriormente, las asociaciones empresariales mencionadas presentarán al BPS estos recaudos a efectos del pago.

El canje de cupones puede hacerse hasta el 11/01/2013, debiendo presentar documento de identidad del titular y de apoderado si corresponde, así como recibo original de su pasividad cobrada en diciembre.

¿En qué casos los beneficiarios cobrarán directamente los $900?

Se dispondrán las medidas necesarias para que los beneficiarios de todo el país que cumplan las condiciones, accedan al beneficio.
Por ejemplo, quienes perciben la Asistencia a la Vejez, y aquellos jubilados y pensionistas de pequeñas parajes o poblados donde no haya comercios adheridos, el BPS realizará el pago en efectivo de los $ 900, figurando en un renglón aparte en su recibo. También en los casos de aquellos beneficiarios que cobran en esos lugares mediante las Giras de Pago del BPS.

¿Quiénes deben hacer una declaración jurada en BPS de ingresos del hogar?

Deben realizarla unas 12 mil personas, menos del 10 % del total de beneficiarios. Son quienes hayan obtenido su pasividad desde noviembre de 2011 en adelante, por primera vez, y consideren que cumplen las condiciones para tener derecho a este bono para canasta de fin de año (percibir hasta $ 7.251.- nominales de pasividad y vivir en hogares con promedio de ingresos, por persona, inferior al mismo monto).
Deben presentarse para hacer la declaración, en la oficina del BPS más cercana, antes del 4 de enero próximo.
También en estos casos, se les pagará por parte del BPS directamente en efectivo, en febrero.

¿Qué deben hacer los comerciantes para informarse y participar?

Los comerciantes deben comunicarse con la Cámara Nacional de la Alimentación (panaderos, confiteros, fabricantes de pasta, quiosqueros, carniceros), CAMBADU (almaceneros), Asociación de Farmacias del Interior, Centro de Farmacias del Uruguay y Centros Comerciales de cada departamento y localidad del Interior según corresponda, o informarse en la oficina del BPS más cercana.

¿Qué fechas límite tienen los comerciantes para remitir los cupones recibidos?

Las fechas límite establecidas para la recepción de cupones, por parte del BPS, son:
  • 21/12/2012
  • 07/01/2013
  • 18/01/2013