Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Gemelos múltiples

Es una prestación bimestral en dinero que otorga BPS a mujeres que cursan un embarazo gemelar múltiple o a familias que tengan a su cargo tres o más hijos producto de un nacimiento gemelar múltiple.

Beneficiarios

Todas aquellas mujeres a las cuales se les constate fehacientemente un embarazo gemelar múltiple (tres hijos o más) tendrán derecho al cobro de una asignación prenatal a partir del momento en que se determine el embarazo.

Todas aquellas personas que tengan a su cargo hijos o menores producto de un nacimiento gemelar múltiple, tienen derecho al beneficio, independientemente de la existencia de una relación laboral formal de los padres o tutores.

Derecho a percibir

Para beneficiarios en gestación, el triple del que les correspondería según el régimen general de asignaciones familiares.

Para beneficiarios ya nacidos, el triple hasta los 5 años, el doble entre los 6 y los 12 años, y común hasta los 18 años.

Atención médica

Tendrán derecho a recibir atención médica rutinaria domiciliaria desde su nacimiento hasta los 3 años de edad, a través de la cobertura de instituciones de Salud Pública o Privada.

También tendrán prioridad en la atención en consultorio hasta los 9 años de edad cualquiera sea la cobertura de salud.

Topes

Se fija en 18,5056 BPC ($ 114.309,09) y se computará de acuerdo a la Ley n.º 16.697.

Trámites vinculados

Ingreso y modificación de vínculos familiares

Ingreso y modificación de datos personales

Negativo de cobro Asignaciones familiares

Normativa asociada

Documento pdf Descargar: Ley 17.474 (.pdf 14 KB)



¿Cuán útil le resultó esta información?