Préstamos sociales
Es un préstamo en efectivo para jubilados y pensionistas de BPS.
Beneficiarios
Todos los beneficiarios que perciban haberes mensuales por concepto de:
- Jubilaciones por BPS.
- Pensiones de sobrevivencia.
- Pensiones graciables.
- Pensión especial reparatoria Ley N.º 18.033.
- Pensiones de vejez o invalidez.
Derecho a percibir
Monto
Se prestará hasta la cantidad de seis haberes mensuales nominales, siendo el monto máximo $ 421.934,00.
Condiciones para la renovación del préstamo
Se rige por la siguiente escala:
- 10 cuotas pagas de 24.
- 8 cuotas pagas de 18.
- 5 cuotas pagas de 12.
- 3 cuotas pagas de 6.
Puede realizar dos tipos de renovación:
Común: Renueva uno de los préstamos que tiene en condiciones de renovación por un préstamo nuevo, refinanciando la deuda del anterior.
Múltiple: Selecciona dos o más préstamos en condiciones de renovación por un préstamo nuevo, refinanciando la deuda de los préstamos seleccionados reduciendo así la cantidad de préstamos vigentes.
Limitación para el monto de la cuota
La cuota mensual a pagar no podrá superar el 40 % del haber nominal. En ningún caso podrá afectarse, al otorgar el préstamo por el porcentaje mencionado, el importe de las retenciones judiciales por pensión alimenticia, los alquileres garantizados por la Contaduría General de la Nación, cuotas por préstamo del BROU, así como el resto de las retenciones con autorización legal vigentes a la fecha de la solicitud, y el mínimo establecido por el art. 353 de la Ley 19.670 calculado sobre el nominal deducidos SNIS e IASS de acuerdo al siguiente detalle:
- 6 cuotas 35 %
- 12 cuotas 35 %
- 18 cuotas 35 %
- 24 cuotas 35 %
Tasas de préstamos
- En 6 cuotas; de un 23.50 % efectiva anual sobre saldos.
- En 12 cuotas; de un 26.50 % efectiva anual sobre saldos.
- En 18 cuotas; de un 28.00 % efectiva anual sobre saldos.
- En 24 cuotas; de un 28.00 % efectiva anual sobre saldos.
Plazos para el pago del préstamo
El préstamo podrá ser amortizado en 6, 12, 18 o 24 cuotas.
Tabla de ejemplo de importes y valor de cuotas:
Importe | 6 cuotas | 12 cuotas | 18 cuotas | 24 cuotas |
---|---|---|---|---|
$ 1.000 | $ 178 | $ 95 | $ 68 | $ 54 |
$ 2.000 | $ 355 | $ 189 | $ 135 | $ 107 |
$ 5.000 | $ 886 | $ 473 | $ 336 | $ 267 |
$ 10.000 | $ 1.772 | $ 945 | $ 672 | $ 534 |
$ 15.000 | $ 2.658 | $ 1.417 | $ 1.008 | $ 801 |
$ 20.000 | $ 3.544 | $ 1.889 | $ 1.344 | $ 1.067 |
$ 50.000 | $ 8.859 | $ 4.722 | $ 3.359 | $ 2.668 |
$ 100.000 | $ 17.717 | $ 9.444 | $ 6.717 | $ 5.335 |
Compatibilidad
Si realiza un préstamo en Banco República (Caja Nacional), deberá esperar hasta que la cuota sea descontada en su recibo con un plazo mínimo de 60 días para gestionar el préstamo en BPS.
Si tiene un bloqueo de Contaduría General de la Nación, deberá esperar a que se cumple el plazo de cuatro meses para solicitar un préstamo.
Formas de cobro
- Si tiene cuenta bancaria o IEDE (Institución Emisora de Dinero Electrónico), asociado a BPS, el pago se hará en esta cuenta. Si se solicita antes de las 16.00 se depositará dentro de las 24 h hábiles. Si se solicita en un horario posterior el cobro estará disponible a las 48 h hábiles.
- Si no tiene cuenta bancaria o IEDE asociado a BPS, lo puede cobrar en oficinas centrales de Montevideo o cualquier red de cobranza (Abitab, Redpagos, Anda y Polakof).
Cancelación anticipada
Quienes cuenten con un préstamo social vigente podrán cancelarlo y abonar las cuotas pendientes.
La solicitud de cancelación puede ser realizada:
- En línea, a través del servicio Gestionar mis préstamos.
- Presencial, concurriendo sin agenda previa a las oficinas de BPS.
Por más información: Cancelar préstamos sociales
Tramitación
Desbloqueo en Préstamos BPS por anulación de Informe Líquido Disponible para CGN
Unificación de Préstamos sociales
Servicio en línea
Normativa asociada
Reglamento de préstamos (.pdf 364 KB)
Resolución Gerencia General 403/2024 (.pdf 88 KB)
Por favor, califique el contenido.