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Venció el plazo y no revoqué, ¿qué sucede?

Su situación se mantendrá como hasta ahora, con artículo 8; el aporte jubilatorio se distribuye el 50% a BPS y el 50% a la AFAP hasta el tope A, todo a BPS entre el tope A y el tope B, y todo a la AFAP a partir del tope B.

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