Buscar un trámite
Ingresar a servicios en línea
Lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h
Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h
Sí, las personas jubiladas por su actividad como no dependientes pueden reingresar a la actividad en calidad de dependientes en forma inmediata.
Más información en Jubilado que quiere volver a trabajar.
Por favor, califique el contenido.
Perfiles
Áreas temáticas