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Clausura empresa unipersonal con cese de actividad mayor a 30 días

Esta gestión se realiza para declarar el cese definitivo de actividades sucedido hace más de 30 días corridos.

A quién corresponde

Contribuyentes unipersonales de industria y comercio o servicios personales no profesionales; excepto monotributo social Mides.

De no cumplirse estas condiciones, ingrese a Clausurar empresas.

Plazo

Se debe tener presente que este trámite genera sanciones por su presentación fuera de plazo.

Requisitos

Los formularios deben incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
 
A tener en cuenta: 
  • Los titulares de empresas unipersonales, así como los representantes que no tienen restricciones en la forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
  • En caso de haber contratado trabajadores dependientes, debe gestionar en forma previa la constancia de clausura de actividades ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Clausurar contribuyente ante BPS y DGI.

Este trámite genera el costo de un timbre profesional que será incluido en la cuenta de la empresa. Podrá solicitar la factura desde el servicio Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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