Canasta de fin de año
Se trata de una partida monetaria que se abona una vez al año a pasivos que reúnen ciertas condiciones.
Beneficiarios
La canasta se otorga a jubilados, pensionistas y beneficiarios de la Asistencia a la Vejez, que cumplan con determinadas condiciones a octubre del año de control:
- Residencia en Uruguay.
- Ingresos personales menores a $ 18.840 mensuales.
- Los jubilados con ingresos por acumulación con otras cajas o por convenios internacionales deberán tener más del 50 % de sus servicios en BPS/Uruguay.
- Los pensionistas, además, deben tener 65 años o más.
- Los pensionistas por sobrevivencia que no cobran el beneficio deberán realizar la declaración jurada hasta el 3 de enero de 2025. El promedio de ingresos del núcleo familiar declarado no podrá superar el monto de $ 18.840.
Derecho a percibir
Los beneficiarios percibirán una partida por única vez de $ 2.987 (valor correspondiente a 2024).
Tramitación
Declaración jurada de ingresos personales y núcleo familiar
Normativa
Decreto MTSS 345/023 (.pdf 1 MB)
Última actualización: 06/11/2024
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