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Solicitud de reconocimiento de trabajador doméstico - Ley 20.130

Se presenta una petición para solicitar el reconocimiento de la actividad de un trabajador doméstico, cuando se trate de actividades no declaradas o subdeclaración de remuneraciones o jornales (por ejemplo, al haberse declarado remuneraciones inferiores a las realmente otorgadas).

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Otras situaciones a regularizar se contemplan aquí.

Normativa

Ley 20.130, de 2/5/2023, artículo 300.

Requisitos

  • La solicitud de reconocimiento se debe realizar en forma conjunta por el trabajador y el empleador, mediante la presentación de la declaración jurada, impresa en doble faz y firmada por ambos.

          Ver instructivo para completar la declaración.

  • El empleador debe estar previamente registrado como titular de servicio doméstico. Acceso a más información.
  • Copia del documento de identidad del trabajador y empleador.

A tener en cuenta:

  • Para presentar la solicitud debe concurrir, al menos, uno de los dos, trabajador o empleador. Si concurre un representante del empleador que aún no está registrado, deberá presentar la copia de su documento de identidad y registrar, en forma previa, el poder.
  • La solicitud podrá estar sujeta a fiscalización para comprobar la veracidad de los hechos.
  • De considerarlo pertinente, podrán anexar toda la documentación relativa al planteamiento realizado.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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