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Registro de inmuebles en alquiler destinados al apoyo en la búsqueda de viviendas de personas beneficiarias del programa Soluciones habitacionales para el Nuevo subsidio de alquiler.
Propietarios o inmobiliarias que tengan un inmueble disponible para alquilar y que deseen ofrecerlo en arrendamiento a beneficiarios del programa Soluciones habitacionales de BPS.
La vivienda deberá contar con al menos un dormitorio y ambientes definidos, baño privado dentro de la vivienda, entrada independiente y deberá estar vacía al momento del arrendamiento.
La inspección y garantía estará a cargo de la Contaduría General de la Nación, que constatará, en caso de que el inmueble sea presentado por un beneficiario, que la vivienda cumpla con los requisitos exigidos para su arrendamiento. De no cumplirlos, no se dará curso al trámite de arrendamiento y se dará de baja la incorporación del inmueble al registro.
El monto del alquiler (sin gastos comunes) se definirá en base al promedio del mercado de alquileres en el barrio o localidad indicado por el INE, si este no existe o supera el promedio nacional, este último constituirá el tope de la prestación.
En ningún caso podrá superar las 18 UR.
El interesado deberá comunicar al organismo cualquier modificación de los datos aportados, así como su voluntad de dar de baja la incorporación del inmueble al registro.
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