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¿Quiénes pueden solicitar asesoramiento para revocar opción art. 8 ley 16.713?

A partir del 1/12 podrán solicitar reserva de derecho a efectos de recibir asesoramiento para optar por revocar o no el artículo 8 de la Ley 16.713 quienes:

  • tengan entre 40 y 49 años,
  • hayan ejercido la opción voluntaria del art. 8 de la Ley 16.713,
  • no hayan obtenido una jubilación al amparo del Régimen Mixto,
  • no hayan agotado las dos instancias de asesoramiento previstas y
  • que de acuerdo a sus condiciones personales (años de trabajo registrados y prestación o no de servicios bonificados) puedan configurar causal jubilatoria antes del 2043.



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