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Las madres mantienen el derecho a computar un año de trabajo por hijo, hasta un máximo de 5 años. Además, los hijos con discapacidad severa adicionan 2 años de trabajo a este cómputo. Los años adicionales no tiene máximo y son fraccionables en periodos no menores a 6 meses entre los padres, siempre que exista un acuerdo entre ellos.
Este adicional no aplica a quienes al 1 de agosto de 2023 ya tenían configurada causal jubilatoria y no registran actividad posterior a esa fecha.
Todos los años computados por hijos pueden usarse para más de una pasividad si es de diferente afiliación o caja.
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