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Se extiende el plazo hasta el martes 2 de mayo para que los titulares de servicios personales presenten la declaración jurada anual Fonasa del ejercicio 2022.
El vencimiento correspondiente al ejercicio 2022 se prorroga hasta el martes 2 de mayo. Se recuerda que la gestión se realiza únicamente a través del servicios en línea Servicios Personales declaración jurada anual Fonasa, y están comprendidos en esta obligación los trabajadores no dependientes: profesionales (afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios), escribanos (pertenecientes a la Caja Notarial de Seguridad Social) y titulares de servicios personales no profesionales (afiliados al Banco de Previsión Social).
En caso de necesitar asesoramiento, están disponibles las siguientes vías de consulta:
Más información en Declaración jurada anual.
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