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De acuerdo a lo establecido por el Poder Ejecutivo, los contribuyentes rurales podrán abonar las obligaciones del cuatrimestre setiembre-diciembre de 2022 hasta el 28 de febrero de 2023 sin multas ni recargos.
Para hacer uso de esta prórroga, las empresas deben, a partir del 14 de enero, obtener una nueva factura por medio del servicio Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes.
En tanto, se mantienen las fechas previstas en el Calendario de vencimientos 2023 para la presentación de la declaración nominada, de forma de poder garantizar la liquidación y el pago de las prestaciones de la seguridad social a todos los trabajadores.
Pago de aportes por emergencia agropecuaria (.pdf 381 KB)
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