Clausura empresa unipersonal con cese de actividad dentro de los últimos 30 días
Esta gestión se realiza para declarar el cese definitivo de actividades sucedido en los últimos 30 días corridos.
A quién corresponde
Contribuyentes unipersonales de industria y comercio o servicios personales no profesionales; excepto monotributo social Mides.
De no cumplirse estas condiciones, ingrese a Clausurar empresas.
Requisitos
En forma previa se debe, ante:
- DGI, presentar la declaración jurada de inutilización de documentación (formulario 0453) o reportar los comprobantes fiscales electrónicos autorizados en el sistema de facturación electrónica de DGI.
A tener en cuenta:
- Los titulares de empresas unipersonales, así como los representantes que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.
- En caso de haber contratado trabajadores dependientes, debe gestionar en forma previa la constancia de clausura de actividades de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social.
Modalidad y lugar donde se realiza el trámite
En línea
A través del servicio Clausurar empresa.
Este trámite genera el costo de un timbre profesional que será incluido en la cuenta de la empresa. Podrá solicitar la factura desde el servicio Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes.
Última actualización: 30/10/2024
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