Ingresar
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Promoción del empleo para jóvenes, mayores de 45 años y personas con discapacidad - Ley 19.973

La ley 19.973, de 13 de agosto de 2021, y el decreto 308/021, de 10 de setiembre de 2021 promueven el ingreso o la reinserción laboral de los jóvenes de entre 15 y 29 años, los mayores de 45 años y las personas con discapacidad. Para ello, disponen que las empresas de las aportaciones Rural e Industria y Comercio que contratan trabajadores con esas características, en el marco de los distintos programas establecidos por estas normas, obtienen subsidios que se hacen efectivos a través de un crédito para el pago de obligaciones a BPS.

El plazo mínimo de contratación por medio de estos programas es de seis meses (a excepción de las prácticas formativas), y el máximo, de doce.

La solicitud para acceder a los beneficios debe ser tramitada, en forma previa a la contratación de los nuevos trabajadores, ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Se señala que este beneficio no ampara a trabajadores ya contratados.

Posteriormente el MTSS, en conjunto con el Ministerio de Economía y Finanzas, instrumentan los aspectos operativos y envían la información a BPS.

Una vez validada la información, las empresas deben registrar la actividad del trabajador y posteriormente deben enviar las nóminas con los vínculos funcionales correspondientes para generar el crédito por el equivalente al monto del subsidio. Este se destina al pago de las contribuciones especiales de seguridad social.

Porcentaje de contratación

El porcentaje máximo de trabajadores contratados bajo estas modalidades no puede exceder el 20 % de la plantilla permanente de la empresa. Los topes establecidos son acumulables entre las tres categorías de población beneficiaria.

Las empresas que tienen de uno a cinco dependientes pueden contratar un trabajador. En tanto, las que ocupan entre seis y nueve trabajadores pueden contratar hasta dos.

Si se trata de una cooperativa de trabajo o social, el porcentaje de contratación de trabajadores (entre dependientes y socios) es independiente del establecido en el artículo 100 de la ley 18.407, de 24 de octubre de 2008.

Condiciones generales para el acceso al subsidio

Empresas empleadoras

  • Deben estar en situación regular de pagos con BPS, DGI y MTSS.
  • No deben haber efectuado despidos ni envíos al seguro por desempleo de la misma categoría en los noventa días previos o posteriores a la contratación de los nuevos trabajadores, salvo que se trate de despidos por notoria mala conducta o desvinculaciones de trabajadores zafrales o con contrato a término.
  • Quedan exceptuadas las empresas registradas en BPS en calidad de usuarios de servicios, así como las suministradoras de personal, salvo respecto de trabajadores no afectados a la prestación temporaria de servicios para terceros.

Trabajadores beneficiarios

  • Jóvenes entre 15 y 29 años. Los que tienen entre 15 y 17 años deben contar con el carné de trabajo habilitante otorgado por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay.
  • Mayores de 45 años.
  • Trabajadores con discapacidad inscriptos en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social.

Quedan excluidos aquellos trabajadores que tienen parentesco con el titular o titulares de las empresas hasta el cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad.

Se detallan a continuación las distintas modalidades y los montos máximos de los subsidios. Los valores son los vigentes para el año 2022 y se actualizan por el índice medio de salarios o equivalen a un porcentaje del salario mínimo nacional (SMN).

Las características de cada modalidad y los vínculos funcionales correspondientes, así como los aspectos operativos, se encuentran detallados en el comunicado R 33/2021.

Programas para jóvenes

Subsidio temporal para la contratación de jóvenes desempleados

Dirigido a jóvenes en situación de desempleo, que tengan entre 15 y 29 años. El contrato mínimo es de 6 meses.

  • Mujeres o con personas a cargo: $ 10.873
  • Varones sin personas a cargo: $ 8.457

Contratos de primera experiencia laboral

Impulsa la contratación de jóvenes, entre 15 y 24 años, sin experiencia formal de trabajo previa.

  • Mujeres: $ 9.061
  • Varones: $ 7.249

Trabajo protegido joven

Dirigido a jóvenes entre 15 y 29 años en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos están por debajo de la línea de pobreza.

El subsidio a otorgar es de hasta el 80 % de 2 SMN.

Práctica laboral para egresados

Orientado a jóvenes entre 15 y 29 años con formación previa y en busca del primer empleo.

El subsidio a otorgar es de hasta 15 % de 2 SMN.

Prácticas formativas

Se realiza en el marco de propuestas o cursos de educación, formación o capacitación laboral, con el objeto de profundizar y ampliar los conocimientos y se encuentra destinada a estudiantes entre 15 y 29 años.

Los montos del subsidio son calculados por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional según el salario mínimo de la categoría que corresponde a la actividad del trabajador y las horas de trabajo estipuladas.

Programas para personas mayores de 45 años 

Promoción del empleo para mayores 45 años en situación de desempleo

Alcanza a las empresas del ámbito privado que contraten como trabajadores a personas mayores de 45 años.

  • Con personas a cargo: $ 10.873
  • Mujeres sin personas a cargo: $ 9.665
  • Varones sin personas a cargo: $ 8.457

Trabajo protegido para mayores de 45 años

Dirigido a personas mayores de 45 años en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza.

El subsidio a otorgar es de hasta el 80 % de 2 SMN.

Promoción del empleo para personas con discapacidad

Orientado a fomentar la contratación de personas con discapacidad que se encuentran en situación de desempleo.

  • Con personas a cargo: $ 10.873
  • Mujer sin personas a cargo: $ 9.665
  • Varón sin personas a cargo: $ 8.457


¿Cuán útil le resultó esta información?