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La ley 19.973, de 13 de agosto de 2021, y el decreto 308/021, de 10 de setiembre de 2021 promueven el ingreso o la reinserción laboral de los jóvenes de entre 15 y 29 años, los mayores de 45 años y las personas con discapacidad. Para ello, disponen que las empresas de las aportaciones Rural e Industria y Comercio que contratan trabajadores con esas características, en el marco de los distintos programas establecidos por estas normas, obtienen subsidios que se hacen efectivos a través de un crédito para el pago de obligaciones a BPS.
El plazo mínimo de contratación por medio de estos programas es de seis meses (a excepción de las prácticas formativas), y el máximo, de doce.
La solicitud para acceder a los beneficios debe ser tramitada, en forma previa a la contratación de los nuevos trabajadores, ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Se señala que este beneficio no ampara a trabajadores ya contratados.
Posteriormente el MTSS, en conjunto con el Ministerio de Economía y Finanzas, instrumentan los aspectos operativos y envían la información a BPS.
Una vez validada la información, las empresas deben registrar la actividad del trabajador y posteriormente deben enviar las nóminas con los vínculos funcionales correspondientes para generar el crédito por el equivalente al monto del subsidio. Este se destina al pago de las contribuciones especiales de seguridad social.
El porcentaje máximo de trabajadores contratados bajo estas modalidades no puede exceder el 20 % de la plantilla permanente de la empresa. Los topes establecidos son acumulables entre las tres categorías de población beneficiaria.
Las empresas que tienen de uno a cinco dependientes pueden contratar un trabajador. En tanto, las que ocupan entre seis y nueve trabajadores pueden contratar hasta dos.
Si se trata de una cooperativa de trabajo o social, el porcentaje de contratación de trabajadores (entre dependientes y socios) es independiente del establecido en el artículo 100 de la ley 18.407, de 24 de octubre de 2008.
Empresas empleadoras
Trabajadores beneficiarios
Quedan excluidos aquellos trabajadores que tienen parentesco con el titular o titulares de las empresas hasta el cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad.
Se detallan a continuación las distintas modalidades y los montos máximos de los subsidios. Los valores son los vigentes para el año 2022 y se actualizan por el índice medio de salarios o equivalen a un porcentaje del salario mínimo nacional (SMN).
Las características de cada modalidad y los vínculos funcionales correspondientes, así como los aspectos operativos, se encuentran detallados en el comunicado R 33/2021.
Subsidio temporal para la contratación de jóvenes desempleados
Dirigido a jóvenes en situación de desempleo, que tengan entre 15 y 29 años. El contrato mínimo es de 6 meses.
Contratos de primera experiencia laboral
Impulsa la contratación de jóvenes, entre 15 y 24 años, sin experiencia formal de trabajo previa.
Trabajo protegido joven
Dirigido a jóvenes entre 15 y 29 años en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos están por debajo de la línea de pobreza.
El subsidio a otorgar es de hasta el 80 % de 2 SMN.
Práctica laboral para egresados
Orientado a jóvenes entre 15 y 29 años con formación previa y en busca del primer empleo.
El subsidio a otorgar es de hasta 15 % de 2 SMN.
Prácticas formativas
Se realiza en el marco de propuestas o cursos de educación, formación o capacitación laboral, con el objeto de profundizar y ampliar los conocimientos y se encuentra destinada a estudiantes entre 15 y 29 años.
Los montos del subsidio son calculados por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional según el salario mínimo de la categoría que corresponde a la actividad del trabajador y las horas de trabajo estipuladas.
Promoción del empleo para mayores 45 años en situación de desempleo
Alcanza a las empresas del ámbito privado que contraten como trabajadores a personas mayores de 45 años.
Trabajo protegido para mayores de 45 años
Dirigido a personas mayores de 45 años en situación de desempleo, pertenecientes a hogares cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza.
Orientado a fomentar la contratación de personas con discapacidad que se encuentran en situación de desempleo.
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