Declaración jurada de servicios personales
Los titulares de servicios personales cuentan con plazo hasta el 30 de abril para realizar la declaración jurada anual Fonasa 2021.
Están comprendidos en esta obligación quienes tienen actividad fuera de la relación de dependencia: los profesionales (afiliados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios), escribanos (pertenecientes a la Caja Notarial de Seguridad Social) y titulares de servicios personales no profesionales (que prestan servicios a través de empresas unipersonales, sociedades de hecho o sociedades civiles y tributan a BPS).
En el sitio web destinado a servicios personales se encuentra toda la información necesaria, así como el acceso a la declaración, videos tutoriales para realizarla y canales de consulta.
Más información en Declaración jurada anual.