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19/11/2021
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Ley de promoción del trabajo para personas con discapacidad

El 18 de noviembre la Comisión Nacional de Inclusión Laboral conmemoró el tercer aniversario de la entrada en vigencia de la Ley N.° 19.691 sobre promoción del trabajo para personas con discapacidad en el ámbito privado y se presentó material informativo.

A través de la Ley de promoción del trabajo para personas con discapacidad, los empleadores del ámbito privado con 25 trabajadores permanentes o más, cada vez que incorporen personal, deberán emplear a personas con discapacidad que cuenten con condiciones para el cargo y estén inscriptas en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad del Mides.

La escala de incorporación según los trabajadores permanentes por empleador y los años de vigencia de la ley:   

Cantidad de trabajadores  Desde el 18/11/2020 al 17/11/2021 Desde el 18/11/2021 en adelante
25 trabajadores ...  4 % 
26 a 49 trabajadores 2 %  4 % 
50 a 149 trabajadores 3 %  4 % 
150 a 499 trabajadores  3,5 %  4 % 
500 o más trabajadores                    4 %  4 % 

 

La Ley otorga a las empresas los beneficios de exoneración gradual de aportes jubilatorios patronales, beneficios por las obras de accesibilidad o adaptación de lugares de trabajo y apoyo de Operador laboral de forma gratuita. Además, el Poder Ejecutivo podrá establecer tratamiento preferencial a empleadores que contraten personas con discapacidad por encima de los mínimos y otorgar incentivos para empresas privadas que contraten producción de Talleres de Producción Protegida o cooperativas integradas por personas con discapacidad.

Para acceder a estos beneficios el empleador debe inscribirse en el Registro de Empleadores del MTSS, solicitando el Certificado de Cumplimiento Ley N° 19.691 en https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/

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