Ingresar
8/11/2021
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Notificaciones del BPS en domicilios electrónicos

Con la incorporación de las sociedades de hecho, sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, se amplía el universo de empresas que pueden acceder a recibir las notificaciones electrónicas del BPS de manera fácil y segura.

Para suscribirse a esta modalidad, las empresas deben constituir domicilio electrónico ante el BPS y adherir al sistema de notificaciones electrónicas. Esta gestión se realiza a través del servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.

Pueden hacerlo los titulares de empresas unipersonales, socios de sociedades de hecho y representantes de sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada de todas las aportaciones. Para ello, deben contar con un usuario gub.uy, que es posible gestionar en el momento desde el mismo servicio en línea. 

Es importante tener en cuenta que la constitución del domicilio electrónico es un requisito para que las empresas que tienen estas naturalezas jurídicas puedan realizar gestiones ante la Asesoría Tributaria y Recaudación (ATYR).

Además, por medio del servicio Realizar altas, bajas y consultas de lectores de notificaciones electrónicas del contribuyente, las empresas pueden designar a otras personas para que se notifiquen en su nombre.

Por consultas sobre este tema, es posible comunicarse con Asistencia al Contribuyente a través del 0800 2001, de lunes a viernes de 9:15 a 16:30 h.