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La Ley N.° 19.973 de promoción del empleo crea un subsidio para las empresas que contraten jóvenes de entre 15 y 29 años, trabajadores mayores de 45 años o personas con discapacidad.
El importe del subsidio por cada trabajador contratado varía en función del grupo social del beneficiario. Asimismo, el importe total no podrá superar el equivalente al 100 % de las obligaciones corrientes calculadas sobre la nómina del mes de cargo y tendrá una duración de un máximo de 12 meses, salvo las excepciones que determine el MTSS.
Podrán acceder al subsidio las empresas que no hayan enviado al seguro de paro a trabajadores de la misma categoría laboral que los que se contratarán en los 90 días previos ni durante la duración del subsidio y que no cuenten con deuda en el BPS, MTSS o la DGI. Cada empresa podrá contratar hasta el 20 % de su plantilla laboral por cada grupo social beneficiario.
Para más información, ingresar al sitio web del MTSS o contactarse al 0800 2001, Asistencia al Contribuyente.
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