Modificación de no profesional a profesional
Comprende a los contribuyentes que venían ejerciendo un servicio como no profesional y deben modificar su situación por la obtención del título habilitante, como profesional. Realizarán únicamente el aporte al Fonasa.
A quién corresponde
Empresas contribuyentes.
Plazo
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del comienzo de actividad en el libre ejercicio de la profesión. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Requisitos
- Formulario Solicitud de inscripción y modificación de contribuyentes REC. 211.
- Se debe establecer el vínculo funcional (VF) que indique si es profesional VF 89 o escribano VF 88, así como el seguro de salud que corresponda según la situación familiar.
- Constancia de inscripción de la caja profesional o notarial.
- Copia de documento de identidad del titular.
- El titular debe haber constituido domicilio electrónico ante BPS. Para ello, puede ingresar al servicio Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
A tener en cuenta: la fecha de inicio de actividad debe coincidir con la de inicio de la actividad como prestador de servicios personales profesionales.
Consultas
Las consultas se canalizan a través del servicio Consúltenos, seleccionando el tema Empresarios y el motivo Registro -Trámites Exclusivos.
Modalidad y lugar donde se realiza el trámite
En línea
A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, en el que deben seleccionar en el tema Registro de contribuyentes exclusivos BPS, el trámite Modificaciones exclusivas BPS y la gestión Modificación de no profesional a profesional.
A tener en cuenta: el costo del timbre profesional será incluido en la próxima factura de obligaciones.
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