Buscar un trámite
Ingresar a servicios en línea
Lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h
Lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h
El Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) es un impuesto anual de carácter personal y directo, creado por la Ley 18.314, que grava ingresos correspondientes a jubilaciones, pensiones y prestaciones de pasividad uruguayas, independientemente de su naturaleza contributiva o no, servidas por instituciones públicas y privadas. Cada organismo realiza la liquidación del IASS sobre sus propias pasividades.
Las franjas de ingresos consideradas para este descuento son las siguientes:
Valor BPC $ 6.177,00.
Para ejercicios menores a 12 meses se adecuará la escala anual en forma proporcional.
Cuando la persona perciba pasividades provenientes de distintos organismos en simultáneo, cuya suma supere el mínimo no imponible (MNI) mensualizado (9 BPC), tiene la opción de solicitar que se le descuente IASS en la totalidad de sus ingresos de BPS, según las siguientes franjas:
* Debido a que el impuesto es anual, se deberán anualizar estos valores para determinar el ajuste final.
Podrá desistir de esta opción en cualquier momento, si desea que el descuento de IASS vuelva a calcularse solamente sobre los ingresos que superen el MNI.
Se retendrán anticipos mensuales a cuenta de la liquidación anual. El monto retenido se determinará aplicando a los ingresos del mes la escala de ingresos anual mensualizada.
Los beneficiarios de pasividades que entiendan que le corresponden devoluciones, debido a las retenciones de adelantos, deberán gestionarlas ante DGI.
Los beneficiarios de pasividades uruguayas que no sean residentes fiscales en Uruguay por aplicación de Convenios para evitar la doble imposición deberán gestionar su solicitud ante DGI, a través del Formulario 5217, en las oficinas de los Consulados de Uruguay.
Puede ver el Instructivo Formulario 5217 ingresando aquí.
Declaración jurada por mínimo no imponible IASS
Ley 18.314 (.pdf 202 KB)
Ley 20.124 (.pdf 2,18 MB)
Decreto 118-023 de 24/3/2023 (.pdf 648 KB)
Podrá acceder al reporte de retenciones de IASS realizadas por BPS, con su usuario personal, en Consultar comprobante de retenciones de IRPF e IASS (construcción y jubilados).
Por favor, califique el contenido.
Perfiles
Áreas temáticas