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Hasta el 30 de setiembre está disponible un seguro por desempleo especial para trabajadores dependientes que cuenten con suspensión de actividades. Esta flexibilización abarca a más de 30 actividades de diferentes sectores que fueron afectados por la pandemia.
Pueden acceder a este nuevo subsidio, por un lado, los trabajadores con remuneración fija mensual o variable con al menos un mes de aportes entre el 1º de noviembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021.
Estos trabajadores tienen derecho a recibir un subsidio equivalente al 50 % de la remuneración nominal del mes a considerar, o del promedio mensual de meses anteriores, en caso de haber trabajado más tiempo.
Por otro lado, también pueden acceder al subsidio, los trabajadores remunerados por día o por hora que hayan estado en la planilla de control de trabajo, como mínimo, el equivalente a 25 jornales en los últimos 12 meses. Al menos uno de esos jornales trabajados debe haber sido entre noviembre de 2020 y marzo de 2021.
El subsidio que le corresponde a este grupo es de 12 jornales mensuales por el período que se encuentre amparado.
Quedan incluidos en este régimen especial los trabajadores de la enseñanza y de entidades deportivas que perciban otros ingresos provenientes de una actividad por cuenta propia o remuneración pública o privada al servicio de terceros.
Las actividades cubiertas por este subsidio pertenecen a los siguientes grupos: Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco; Comercio general; Hoteles, restoranes y bares; Transporte y almacenamiento; Servicios de Enseñanza; Servicios culturales, de esparcimiento y comunicaciones; Servicios Profesionales, técnicos, especializados y aquellos no incluidos en otros grupos; Entidades gremiales, sociales y deportivas.
Las empresas comprendidas en el decreto pueden ingresar las solicitudes por desempleo de sus empleados mediante el Servicio en Línea Ingresar solicitudes de subsidio por desempleo.
Los usuarios podrán realizar consultas a través del formulario Consultar Subsidio por desempleo para trabajadores, disponible en este sitio web.
Ver lista detallada de grupos de actividades aquí.
Decreto MTSS 97 del 22/04/2021 (.pdf 4 MB)
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