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Se informa que los titulares de las empresas monotributistas que inician sus actividades a partir del 1.º de enero del 2021 realizarán sus aportes en forma gradual.
Con el objetivo de mitigar el impacto económico de la emergencia sanitaria, el BPS ha implementado un aporte gradual para las empresas comprendidas en el régimen de monotributo que inicien actividades a partir del 1º de enero del 2021, según lo dispuesto en la Ley 19.942.
Esta gradualidad de aportes se establece según la siguiente escala, considerando los meses de actividad efectiva de la empresa:
Meses de actividad Porcentaje de aporte
Del mes 1 al 12 25 %
Del mes 13 al 24 50 %
A partir del mes 25 100 %
De esta forma, durante los primeros 12 meses de actividad, se realizará el aporte del 25 % de la prestación tributaria unificada correspondiente al BPS y DGI.
Se destaca que esta gradualidad no comprende los aportes al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
El BPS está generando los créditos por la exoneración de los pagos realizados, que los contribuyentes podrán utilizar para cancelar futuras obligaciones tributarias, por lo que no tendrán que realizar gestiones complementarias.
Una vez que esté disponible el crédito, las empresas que contraten trabajadores deberán generar la factura de aportes ingresando con su Usuario Personal BPS al servicio Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes y seleccionando la opción Uso crédito.
En el caso de las empresas sin dependientes adheridas al sistema de cobranza descentralizada, se aplicará el crédito a las facturas en forma automática.
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