Ingresar
22/1/2021
  • Imprimir
  • Compartir en Facebook
  • Compartir en X
  • Compartir en WhatsApp
  • Compartir en WhatsApp
  • Enviar por mail

Renovación de los certificados comunes

Se extiende por 180 días la vigencia de los certificados comunes de los contribuyentes en situación regular de pagos al 29 de febrero de 2020.

De acuerdo a una nueva disposición se emitirán, hasta el 18 de marzo de 2021, certificados comunes por un plazo de 180 días a los contribuyentes que se encuentren en situación regular de pagos respecto de las obligaciones corrientes, las cuotas de las facilidades de pago y los demás tributos recaudados o administrados por el BPS, exigidos al 29 de febrero de 2020.

Los contribuyentes, además, deberán estar al día con las obligaciones exigibles a partir del 1.º de noviembre de 2020 y haber presentado las declaraciones juradas de no pago por las obligaciones corrientes adeudadas por los meses de cargo febrero a setiembre de 2020.

Quienes tengan convenios a rehabilitar debido a cuotas impagas del período marzo-octubre de 2020, podrán realizar esta regularización sin presentar garantía ni el pago de las cuotas atrasadas.

Las consultas relativas a la renovación y vigencia de los certificados se canalizan a través del servicio Consúltenos, seleccionando el tema Empresario y el motivo Certificados Comunes. Por consultas sobre convenios, se debe elegir el motivo Facilidades de pago.

La extensión se enmarca en la Ley n.º 19.929 del 18 de diciembre de 2020.