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La gestión del certificado común se realiza íntegramente en línea. Para ello, se debe ingresar una solicitud y, luego, descargar el certificado o el reporte de las observaciones que se deben subsanar para obtenerlo. Además, es posible solicitar que se renueve de forma automática.
La vigencia habitual de los certificados comunes expedidos por el organismo es de 180 días, con excepción de aquellos que se emiten para presentar ante el Instituto Nacional de Carnes (INAC), cuya validez es de 90 días.
No obstante, el organismo podrá establecer plazos y condiciones más estrictos para los contribuyentes que tengan deudas pendientes o antecedentes de incumplimiento, así como suspender la vigencia de los certificados expedidos en caso de que los contribuyentes se atrasen en el cumplimiento de sus obligaciones.
Es de aplicación lo establecido por el artículo 179 de la Ley 19.438 de 14/10/2016 (Comunicado 01/2017).
Esta opción permite a quienes se encuentren en situación regular de pagos y tengan certificados comunes previamente emitidos contar con el certificado vigente en todo momento.
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