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Modificación de denominación en asociaciones, fundaciones, fideicomisos, cooperativas y sociedades comerciales (excepto SRL y SA)

Corresponde al cambio de denominación en asociaciones, fundaciones, sociedades y asociaciones agrarias, fideicomisos, cooperativas, sociedades comerciales incluidas en la Ley 16.060 (excepto sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas) y en la Ley 19.820 (SAS).

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de inscripción del contrato o estatuto en la Dirección General de Registros (DGR). Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

Formularios: 

Documentación requerida: 

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite desde la web (constancia de inscripción de RUT).
  • Contrato social otorgado en escritura pública o documento privado protocolizado o testimonio por exhibición, conjuntamente con constancia de inscripción en DGR.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar el comprobante del pago de la multa de DGI.

Esta documentación podrá ser sustituida por un certificado notarial, que establezca la fecha de la modificación, efectuando el control del documento privado con firmas certificadas o escritura pública donde conste el cambio y la fecha de inscripción en DGR. 

En este caso, debe presentar, además, copia del documento de identidad del socio, administrador, director o representante legal.

Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites ATYR, seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.

Nota: por esta vía, solo se debe enviar una copia de los formularios que correspondan, sin adjuntar timbre profesional. El costo del timbre será incluido en la próxima factura de obligaciones.

 



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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