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Todas las empresas unipersonales, así como las sociedades de hecho comprendidas en monotributo o monotributo social Mides, con actividad de Industria y Comercio y sin dependientes, pueden acceder a un régimen especial de facilidades de pago para sus aportes.
Debido a la situación por la que atraviesan ciertas empresas de pequeña escala, como consecuencia de la pandemia originada por el COVID-19, el Directorio del BPS aprobó en julio una resolución que otorga un régimen especial de facilidades de pago para los aportes de las empresas sin dependientes. Esta medida alcanza a todas las empresas unipersonales, como también a las sociedades de hecho comprendidas en los regímenes de monotributo o monotributo social Mides.
Estos contribuyentes pueden financiar hasta en 36 cuotas el pago de la totalidad de las obligaciones corrientes personales y patronales generadas desde febrero de 2020 y hasta tanto se mantenga vigente la emergencia sanitaria.
Por consultas y asesoramiento se encuentran disponibles las siguientes vías:
Por mayor información, pueden comunicarse con Asistencia al Contribuyente al teléfono 0800 2001.
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