Nuevos criterios en instancias de fiscalización del BPS
Se informan nuevos criterios adoptados por el Directorio en instancias de fiscalización, con el fin de alinear las actuaciones del Banco de Previsión Social a posiciones consolidadas del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).
En este sentido, ante la existencia de trabajadores en situación irregular, se determinó que, al momento de ingreso de información en la historia laboral, se considerará como monto imponible del tributo, el salario efectivamente relevado por el Organismo, sin procederse a su nominalización ni a su estimación por laudos (RD 25-7/2020 y RD 25-8/2020).
Asimismo, según lo establecido en RD 25-9/2020, se resolvió que el plazo de prescripción de los adeudos generados por relaciones de dependencia en los casos que exista facturación y situación tributaria regular de los responsables tributarios, será de 5 años.
Todo ello será de aplicación para procesos de determinaciones tributarias que aún no tuviesen el carácter de firmes para el Organismo.