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20/11/2019
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El Registro Nacional de Obligados Alimentarios ha recibido 22 mil oficios judiciales

Desde enero de 2017, el Registro Nacional de Obligados Alimentarios (RENOA) ha recibido más de 22 mil oficios del Poder Judicial, lo que ha generado 25 mil comunicaciones a empresas y, a su vez, se ha aplicado a 13 mil situaciones de cobro de prestaciones servidas por BPS.

¿Qué es el RENOA?

El RENOA es el registro nacional de las personas obligadas al pago de pensiones alimenticias decretadas judicialmente en favor de niños, niñas y adolescentes. Este registro facilita, agiliza y da continuidad al cumplimiento de las obligaciones a las pensiones alimenticias.

Desde su inicio, el BPS ha recibido más de 22 mil oficios judiciales y ha generado 25 mil comunicaciones a empresas. Por otro lado, se ha aplicado retención por pensión alimenticia a unas 13 mil prestaciones económicas servidas por este organismo.

¿Qué es la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia destinada a niños, niñas y adolescentes tiene como finalidad proveer sustento, habitación, vestimenta, salud y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio, educación, cultura y recreación.

Estos cuidados son responsabilidad de ambos padres. La separación de la pareja no modifica el derecho de los hijos e hijas ni la obligación de padres y madres.

¿Quién es el obligado alimentario?

Puede ser el padre, la madre u otro adulto que tenga lazos de parentesco con los beneficiarios. Es el juez que establece a quién se le realizará la retención de la pensión alimenticia.

¿Quién es el administrador?

Es la persona que el juez determina que tiene la responsabilidad de cobrar y administrar la pensión, por tener a su cargo a los beneficiarios.

¿Quiénes son beneficiarios?

Las niñas, niños, adolescentes, jóvenes hasta 21 años y personas mayores de edad con discapacidad.

¿Cómo funciona el RENOA?

A partir de enero de 2019 los oficios judiciales de las pensiones alimenticias son comunicados desde el Poder Judicial directamente al BPS por medios electrónicos. La persona administradora no tiene que hacer ningún trámite en BPS o en las empresas para cobrar la pensión alimenticia.

Una vez inscripto en el RENOA, no es necesario iniciar un nuevo trámite cada vez que el obligado cambia de trabajo, ya que el BPS notifica a la nueva empresa en forma automática y comunica los cambios al Poder Judicial.

¿Cómo ingresar al RENOA?

Para ingresar al RENOA debe dirigirse al juzgado con su abogado y solicitar la pensión. El oficio del juez será comunicada al BPS para su ingreso automático al RENOA.

Las pensiones alimenticias decretadas antes de 2017, que aún no forman parte del RENOA, pueden ingresar concurriendo al juzgado para obtener el oficio correspondiente.

Todas las modificaciones, altas y ceses de pensiones alimenticias deben ser también solicitadas en el juzgado.

Para que la pensión pueda llegar a sus beneficiarios el oficio judicial que llega al BPS debe contener:

  • Nombres, apellidos, cédula de identidad y domicilio de los beneficiarios, obligados alimentarios y administradores.
  • Monto de la pensión alimenticia decretada y homologada.
  • Forma de pago (número de cuenta bancaria, red de cobranza o similar).

Importante

  • BPS comunica el oficio recibido del Poder Judicial, a cada empresa donde el obligado esté registrado como trabajador, titular o socio. Si el trabajador cambia de empresa, no es necesario hacer un nuevo trámite.
  • La empresa es solidariamente responsable una vez notificada de su obligación de retener y pagar la pensión alimenticia a la persona administradora.
  • BPS solo es responsable de pagar las retenciones sobre las prestaciones de activos (ej.: subsidio por desempleo, subsidio por enfermedad) y de pasivos (jubilaciones y pensiones) que brinde el organismo.

Ícono PDF Folleto informativo RENOA (.pdf 1 MB)