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Alta, baja y modificación de padrones rurales en empresa existente

Corresponde a la vinculación, desvinculación y modificaciones de padrones rurales de una empresa ya registrada ante BPS.

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Plazo

Los plazos para realizar el trámite varían según las siguientes situaciones: 

Alta

  • Hasta el último día hábil de febrero del año siguiente a la toma de posesión.
  • Si supone un cambio o ampliación de giro, una modificación en el domicilio fiscal o cualquier otra variación registral, el plazo es de 30 días corridos contados desde la fecha en que se produjo la modificación.
  • Si el alta genera diferencias de aportes, se debe presentar la declaración en forma previa al vencimiento del cuatrimestre respectivo.

Baja

  • Dentro de los 90 días corridos posteriores a la fecha de entrega de posesión o el cambio en la tenencia (si es más de uno, del último padrón).
  • Dentro de los 30 días corridos contados desde la desvinculación o la modificación si estas suponen un cambio de giro o clausura.

Modificaciones

  • Dentro de los 90 días corridos posteriores al cambio. El fraccionamiento y la modificación de la titularidad no tienen plazo.
  • Dentro de los 30 días corridos contados desde la modificación si supone un cambio de giro o clausura. 

Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

  • Formulario Declaración jurada R 500 - padrones rurales (acceso al instructivo para completarlo).
  • Anexo Declaración Jurada R500 - Padrones Rurales (se presenta únicamente cuando el padrón se vincula con terceros).
  • Copia de documento de identidad del firmante.
  • Documentación original y copia (compraventa, rescisión de arrendamiento, etc.) siempre que contenga la fecha de entrega de posesión o tenencia. En caso contrario, certificación notarial y copia simple estableciendo: 
    • Datos de los padrones: titularidad, modo, fecha de adquisición y de quién lo hubo, fecha de toma de posesión, número de padrón, departamento, sección judicial o catastral, cantidad de hectáreas, índice coneat, destino que se le da al bien (si tiene explotación, qué tipo; si se arrienda, indicar a quién y los datos del contrato: si se encuentra inscripto en DGR o está en trámite, tipo de contrato: oneroso o gratuito) o indicar cualquier otro destino que se le dé al bien y desde cuándo.

Los titulares de empresas unipersonales y los socios de sociedades de hecho, así como los representantes de estas empresas, de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada que no tienen restricciones en su forma de actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS.

Notas: 

  • Si el escribano no puede certificar el destino, se debe presentar acta suscrita por dos testigos.
  • Si la desvinculación es por compraventa, la certificación debe contener el detalle y la fecha de entrega de la posesión.
  • Si se trata de un cese de arrendamiento, comodato u ocupación la certificación debe hacer referencia a las partes implicadas, la relación entre éstas y la fecha de entrega de la tenencia.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra imprenta. No pueden contener enmiendas (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).

Aspectos a tener en cuenta

Los trámites vinculados a padrones rurales sin explotación o afectados a actividades recreativas o de industria y comercio, se realizan ante BPS.

Las siguientes situaciones requieren efectuarse ante BPS – DGI, debiendo tener en cuenta además los requisitos específicos para cada trámite.

a) La baja de la totalidad de los padrones en propiedad u ocupación (a cualquier título) que conlleva la clausura de la actividad rural. 

b) Las modificaciones que impliquen alta o baja de giros, de locales o cualquier otro cambio. Desvinculaciones que implican modificación, ampliación o baja del giro rural de la empresa que mantiene su actividad. 

c) Baja de padrones con locales asociados. Presentar además el formulario 0354 Locales.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

En línea

A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites ATYR, seleccionar el trámite Alta, baja y modificación de padrones rurales. El trámite es íntegramente en línea, por lo que no requiere etapa presencial.

A tener en cuenta: el costo del timbre profesional será incluido en la próxima factura de obligaciones.



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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