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Inscripción de contribuyente y empresa de cooperativas sociales de trabajo, según art. 172, Ley 18.407. El control de la composición y cumplimiento de los requisitos para la constitución de la cooperativa es realizada por el Ministerio de Desarrollo Social en forma previa a la inscripción de sus estatutos en el Registro de Personas Jurídicas, sección Registro Nacional de Cooperativas (art. 176, Ley 18.407).
Empresas contribuyentes.
La inscripción se realiza dentro de los 10 días previos y hasta el inicio de actividades. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Notas:
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