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Inscripción de cooperativa social

Inscripción de contribuyente y empresa de cooperativas sociales de trabajo, según art. 172, Ley 18.407. El control de la composición y cumplimiento de los requisitos para la constitución de la cooperativa es realizada por el Ministerio de Desarrollo Social en forma previa a la inscripción de sus estatutos en el Registro de Personas Jurídicas, sección Registro Nacional de Cooperativas (art. 176, Ley 18.407).

A quién corresponde

Empresas contribuyentes.

Plazo

La inscripción se realiza dentro de los 10 días previos y hasta el inicio de actividades. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Requisitos

  • Formulario 0351 Inscripción y actualización (en tres vías y doble faz).
  • Quien se presente a realizar el trámite debe exhibir su documento de identidad vigente.
  • Formulario emitido por el Ministerio de Desarrollo Social, División de cooperativas sociales y procesos asociativos donde consten los datos necesarios para la inscripción ante DGI – BPS de la cooperativa social, en dos vías.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar o presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.

Notas: 

  • Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
  • La exoneración conforme a la Ley 18.407, normas modificativas y concordantes, se ingresa simultáneamente con la inscripción de la cooperativa.
  • Cuando un integrante sea extranjero se requiere copia de su documento de identidad.

Modalidad y lugar donde se realiza el trámite

Presencial



Vías de consulta

  • teléfono

    0800 2001

    De lunes a viernes de 9.15 a 16.30 h.



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