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Seguro de salud - Titulares unipersonales beneficiarios

El beneficio de la cobertura médica es opcional para los titulares de empresas unipersonales y cónyuges colaboradores siempre que no ocupen más de cinco dependientes y estén al día con las aportaciones al sistema de seguridad social. 

De optar por la cobertura médica el aporte corresponde al 100 % del valor de la cuota mutual.

En caso de explotar predios de hasta 500 hectáreas Coneat y no percibir otros ingresos (excepto pasividades o pensiones a la vejez e invalidez que no superen el equivalente a 1 BPC por cada beneficiario) podrán optar por la cuota bonificada cuyo importe está establecido como un porcentaje del valor de la cuota mutual:

Aporte SNIS

Sin hijos y sin cónyuge o concubino

Con hijos y sin cónyuge o concubino

Sin hijos y con cónyuge o concubino

Con hijos y con cónyuge o concubino

Por titular o cónyuge colaborador

45 %

60 %

65 %

80 %

 



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