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En caso de imposibilidad para cumplir con el pago total de obligaciones, el contribuyente deberá presentar la nómina correspondiente; solicitar y presentar la declaración jurada de no pago (DJNP), y pagar el aporte personal retenido.
Las empresas pueden obtener la DJNP desde el servicio en línea Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes, en el que deben seleccionar la opción Solicitar factura o declaración jurada de no pago.
La DJNP es un documento con valor de título ejecutivo que debe ser firmado por el titular o representante habilitado para la empresa mediante la firma autógrafa (manuscrita) o la firma electrónica avanzada (conjunto de datos en formato digital que identifica al autor legítimo de la firma y cuenta con valor para realizar o autorizar transacciones fiscales).
Para realizar la firma electrónica, se debe contar con cédula de identidad electrónica y lector de tarjeta inteligente o certificado de firma electrónica y dispositivo token. Por más información, se puede ingresar al sitio web de Agesic.
Una vez firmada, la DJNP debe presentarse por medio del servicio en línea Ingresar Declaración Jurada de No Pago, con la firma electrónica avanzada generada con la CI digital desde la plataforma de Agesic o el certificado digital de Antel (TuID), Abitab o Correo Uruguayo.
Solo podrán concurrir, de forma presencial, las empresas que no cuentan con representantes habilitados para actuar en forma individual, con firma autógrafa y fotocopia de documento de identidad de cada uno de los firmantes, en:
Se destaca que, la obligatoriedad de la presentación de DJNP con firma electrónica se implementó en forma gradual a partir de junio de 2020. Desde julio de 2022 solo podrán presentar la DJNP en papel las empresas que no cuentan con representantes habilitados para actuar en forma individual, independientemente de la cantidad de trabajadores que ocupan (ver comunicado 11/2022).
La presentación de la DJNP en plazo reduce a la mitad la multa por mora y exime de la multa por nómina. Ver sanciones por incumplimiento.
La factura del pago mínimo se puede generar una vez ingresada la DJNP y se descarga desde el servicio Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes. Las facturas de aportes mínimos de meses anteriores se solicitan a través del servicio en línea Consúltenos, en donde se debe seleccionar el tema Empresarios, opción Recaudación_Mesa de ayuda.
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