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Ajuste a mínima de pensión por sobrevivencia

Por decreto del Poder Ejecutivo, BPS genera un ajuste de las pensiones por sobrevivencia que no superen las 3,05 BPC mensuales.

Beneficiarios

Pensionistas por sobrevivencia, residentes de Uruguay, de 65 años o más cuyos ingresos, individuales y en promedio del núcleo familiar, sean inferiores a 3,05 BPC por mes. 

Derecho a percibir

Con el ajuste, los beneficiarios percibirán el monto establecido de pasividades mínimas. A partir del 1.° de enero de 2024 estas quedaron fijadas en $ 18.840.

Tramitación 

Declaración jurada de ingresos personales y núcleo familiar

Normativa

icono pdf Decreto MTSS 214/022 del 04/07/2022 (.pdf 822 KB)

icono pdf Decreto 292-021 de 7/9/2021 (.pdf 139 KB)



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